Edad legal para conducir una moto de agua en California

Quizás se pregunte si su hijo tiene la edad suficiente para conducir la moto de agua o no. Su respuesta, si vive en California, está a continuación.

Las personas de 12 a 15 años pueden conducir una moto de agua SI son supervisadas a bordo por alguien de al menos 18 años CON una tarjeta de navegante de California. Las personas mayores de 16 años pueden obtener una tarjeta de navegante de California y luego conducir legalmente una moto de agua sin supervisión.

Cómo obtener una tarjeta de navegación de California

  1. Completa un curso de seguridad náutica

Para completar un curso, debe tomar un curso aprobado por NASBLA y la División de Navegación y Vías Navegables de California. Si desea encontrar una lista de cursos aprobados, puede encontrarla en el sitio web CaliforniaBoaterCard.com .

Hay dos formas de completar el curso: en una clase o en línea. El curso en línea se puede tomar por $ 34.95. El curso debería tardar unas 6 horas en completarse. El puntaje de aprobación en California es del 80 por ciento. Una vez que estudie y apruebe el curso, puede pasar al siguiente paso: obtener su tarjeta.

2. Solicite la tarjeta de navegante de California en línea

Envíe su solicitud a CaliforniaBoatingCard.com y luego recíbala por correo. Deberá incluir su documento de finalización en línea impreso en su solicitud. La tarjeta será de $ 10 y la tarifa de reemplazo de la tarjeta perdida es de $ 5.

Precalificación de la tarjeta de navegante

Muchas personas se preguntan si están o no precalificados para una tarjeta de navegantes al tomar un curso de seguridad para navegantes.

La respuesta es no: a partir del 1 de enero de 2019, DBW solo aceptará cursos educativos tomados desde el 1 de enero de 2018. Hay nuevas reglas descritas en el nuevo curso que deben dirigirse a todos los que conduzcan una embarcación.

Aplicación

Es ley tener una tarjeta de educación para navegantes a bordo en todo momento y tenerla lista para su inspección.

Consecuencias de no tener una tarjeta de navegación de California

Si conduce una moto de agua o cualquier otro tipo de embarcación sin una tarjeta de navegante de California, será multado. Los detalles de la condena se muestran a continuación:

  • 1ra condena: multa de alrededor de $ 100
  • 2da condena: multa de alrededor de $ 250
  • Tercera condena: multa de alrededor de $ 500

Requisitos

  • Todas las motos acuáticas deben tener un interruptor de corte de cordón (el cordón está conectado al conductor)
  • Sin operación después del anochecer (entre el atardecer y el amanecer)
  • El límite legal de alcohol en sangre para alguien que conduce una embarcación es inferior al 0,08%.
  • Es contra la ley intoxicarse con alcohol o drogas mientras se conduce la moto de agua.
  • Debe limitar su velocidad a 5 mph cuando esté a menos de 100 pies de un nadador, a 200 pies de la orilla.
  • Siga todos los límites de velocidad
  • Para un bote de 16 pies o más, debe tener un dispositivo de tipo IV accesible para lanzar (un anillo o una boya de herradura) para cada bote.

Equipo que necesita a bordo por ley:

  • Extintor de incendios tipo B
  • Silbato / cuerno
  • Señales visuales de angustia (bengalas)
  • Chalecos salvavidas (los niños menores de 12 años deben usar un chaleco salvavidas, todos los esquiadores acuáticos y operadores de motos acuáticas deben usar un chaleco salvavidas en todo momento)
  • Su registro para la moto de agua

Otro equipo sugerido:

  • Remo (en caso de que se te acabe la batería y tengas que remar hasta la orilla)
  • Chalecos salvavidas extra para invitados
  • Línea de muelle elástica (para atar su PWC a los muelles)
  • Ancla

Una cosa a tener en cuenta es que a partir del 1 de enero de 2018, California ha exigido que TODOS los navegantes de 20 años o menos lleven una tarjeta de educación para navegantes de California.

Cómo se está implementando la nueva ley de navegantes de California

La ley de navegantes de California se reforzó en enero de 2018 y se implementará en un total de ocho fases. Al comienzo de cada año, se requerirá que otra parte de la población obtenga una licencia de la ley de navegación de California. Aquí está el diseño de las fases:

  • 1 de enero de 2018: personas de 20 años o menos
  • 1 de enero de 2019: personas menores de 35 años
  • 1 de enero de 2020: personas de 35 años o menos
  • 1 de enero de 2021: personas de 40 años o menos
  • 1 de enero de 2022: personas de 45 años o menos
  • 1 de enero de 2023: personas de 50 años o menos
  • 1 de enero de 2024: personas de 60 años o menos
  • 1 de enero de 2025: TODAS las personas independientemente de su edad

Para el 2025, todas las personas en el agua deberán tener una tarjeta de navegante de California. Esta nueva ley se ha hecho cumplir porque hubo alrededor de 400 accidentes y 50 muertes en 2015 por accidentes de navegación en California. El objetivo de esta ley es la esperanza de que la gente conozca y acate las leyes sobre el agua para evitar accidentes.

Accidente de navegación para conductores jóvenes

Al igual que en un accidente automovilístico, hay obligaciones que debe asumir. Algunos de estos incluyen quedarse después del accidente, brindar asistencia y brindar información, como un seguro, a la otra persona involucrada en el accidente. A continuación se establecen reglas más específicas:

  • Si ocurre un accidente, se debe informar a la División de Navegación y Vías Navegables de Parques Estatales de California.
  • Si su accidente incluye lo siguiente, debe informarlo dentro de las 48 horas posteriores al accidente :
  • Muerte ocurrida dentro de las 24 horas posteriores al accidente
  • Desaparición
  • Lesión más allá de los primeros auxilios
  • Si su accidente incluye lo siguiente, debe informarlo dentro de los 10 días posteriores al accidente :
  • Muerte ocurrida más de 24 horas después del accidente
  • Daños a la propiedad de más de $ 500
  • Pérdida completa de cualquier embarcación

Reglas para residentes de otros estados (conducir en California)

Una persona que visita California no necesita tener una tarjeta de navegante de California, pero puede usar las aguas de California por no más de 60 días y debe cumplir con los requisitos de navegación aplicables de su estado de origen.

Exenciones

  • Una persona que conduce un barco de alquiler.
  • Una persona que conduce un barco bajo la supervisión de una persona mayor de 18 años que tiene una tarjeta de navegante de California (de 12 a 15 años)
  • Una persona que es de otro estado que está conduciendo temporalmente (no más de 60 días) en aguas de California con los requisitos de navegación de su estado de origen cumplidos.
  • Una persona de otro país que está conduciendo temporalmente (no más de 90 días) en aguas de California con los requisitos de navegación de su país cumplidos.
  • Una persona que conduce un barco en una carrera.
  • Una persona que tenga una licencia de pesca comercial vigente.
  • Una persona que tiene una licencia de operador marítimo para las aguas que permite la licencia emitida por la Guardia Costera de los Estados Unidos.
  • Una persona que tiene un certificado válido de la Convención Internacional sobre estándares de formación.
  • Una persona que ha completado un curso de navegación aprobado por la Comisión de Estándares y Puesto de Capacitación para Oficiales de Paz.

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